viernes, 15 de febrero de 2019

El Gobierno Vasco y el Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián presentan la propuesta para declarar bien cultural calificado, con la categoría de Conjunto Monumental, la Plaza y las Esculturas del Peine del Viento

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El Gobierno Vasco y el Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián presentan la propuesta para declarar bien cultural calificado, con la categoría de Conjunto Monumental, la Plaza y las Esculturas del Peine del Viento
15 de febrero de 2019

-Esta protección pretende poner en valor un bien que cuenta con un “gran reconocimiento social y artístico” y preservarlo en las mejores condiciones.
-El consejero Bingen Zupiria y el alcalde Eneko Goia han explicado los detalles de una protección que tiene también en cuenta el entorno natural, que se entiende como parte fundamental de la obra.

El consejero de Cultura y Política Lingüística del Gobierno Vasco, Bingen Zupiria, y alcalde de Donostia-San Sebastián, Eneko Goia, han presentado hoy en la capital donostiarra el proyecto para proteger el conjunto formado por la Plaza y las Esculturas del Peine del Viento. A través de esta iniciativa se pretende declarar bien cultural calificado, con la categoría de Conjunto Monumental, esta obra de Eduardo Chillida y Luis Peña Ganchegui. La declaración permitirá poner en valor un bien que cuenta con “un amplio reconocimiento a nivel social, artístico y académico”, preservarlo en condiciones de seguridad y mejorar su accesibilidad. Pedro Chillida, hijo del escultor donostiarra, y Rocío Peña, hija del arquitecto autor de la Plaza, han participado también en esta presentación.

El consejero Bingen Zupiria ha resaltado la importancia de este paso de cara a poner en valor esta obra y asegurar su mantenimiento. “La calificación del Conjunto de la Plaza y las Esculturas del Peine del Viento como Conjunto Monumental es, además de un reconocimiento social a esta obra y sus autores, una vía para asegurar el mantenimiento de este patrimonio. Por tanto, la sociedad vasca da otro paso de cara a reconocer esta obra y a sus autores, al tiempo se garantiza una conservación óptima de la misma”, ha señalado.

El alcalde Eneko Goia, por su parte, ha agradecido la “celeridad” y “disposición” del Gobierno Vasco para proteger, con la máxima calificación, el Peine del Viento. “Al igual que ocurrió hace unos meses con la protección de la Parte Vieja donostiarra, el Departamento de Cultura y Política Lingüística del Gobierno Vasco ha mostrado su compromiso e implicación con esta ciudad”, ha señalado. Goia, asimismo, ha subrayado que el Peine del Viento no es solo un símbolo de Donostia-San Sebastián: “Es también un patrimonio del país y me atrevería a decir que es también un patrimonio de la humanidad. Esta protección era necesaria y otorga a este conjunto el valor y reconocimiento que merece”. El alcalde donostiarra, por último, ha señalado que, como consecuencia de la protección del Peine del Viento, el Ayuntamiento deberá tomar medidas de protección, algo que ya está haciendo en la ladera y que pretende también hacer de cara a mejorar la accesibilidad.

Tras la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, hoy mismo, de la propuesta de protección se inicia un periodo de alegaciones de 20 días, contados a partir de mañana. En caso de no haber alegaciones, el Consejo de Gobierno del Gobierno Vasco procederá a su aprobación mediante Decreto, quedando incluido en el Registro de Bienes Calificados el Conjunto Monumental de la Plaza y las Esculturas del Peine del Viento con su entorno. Por otro lado, este reconocimiento es un requisito indispensable de cara a iniciar un eventual proceso de declaración de la UNESCO como Patrimonio de la Humanidad.

La protección

La propuesta para la protección del ‘Conjunto la Plaza y las Esculturas del Peine del Viento’ –tal y como figura en el expediente– tiene en cuenta tres ámbitos: la Plaza diseñada por Peña Ganchegui, las tres esculturas de Eduardo Chillida y el entorno natural. No en vano, la propuesta tiene como uno de sus ejes esa vinculación entre la obra y la naturaleza. “La condición de límite entre lo urbano y lo natural de la obra es un factor fundamental en la concepción del proyecto”, señala.

Una vez aprobada esta protección, se establecerá un régimen de protección para los diferentes elementos que conforman este conjunto, en base a la Ley 7/1990 del Patrimonio Cultural Vasco. Los elementos constitutivos del bien se protegerán según los siguientes niveles de protección: protección especial, protección media, carentes de protección y discordantes. La propuesta especifica cuál debe ser el nivel de protección para cada elemento:

-Elementos de especial protección. Este es nivel de protección más alto. Las partes del bien incluidos en él contienen algunos de los valores esenciales de tipo arquitectónico o artístico. Se trata de los siguientes elementos:
-Las tres esculturas de hierro de Eduardo Chillida; se incluyen sus bases rocosas.
-La arquitectura original de la plaza, a excepción de los elementos listados en el apartado ‘carentes de protección’.
-La ladera natural de Igeldo.
-Los bajos rocosos no sumergidos permanentemente.
-Elementos de protección media. Este supone un nivel intermedio de protección; las partes del bien incluidas en él contienen valores culturales que, aunque apreciables, no resultan totalmente imprescindibles para la protección del bien. Se incluyen dos elementos:
-La plazuela de acceso.
-El colector del Antiguo.
-Elementos carentes de protección. No poseen interés cultural y, por lo tanto, no precisan de una regulación de protección:
-Los siguientes elementos de la arquitectura original: fuente y bancos de la plataforma superior, murete de adoquín situado entre los estratos del flysch en la plataforma inferior.
-Los no incluidos en la relación de elementos de protección especial, de protección media o discordantes.
-Elementos discordantes. Los elementos del bien que afectan negativamente a los valores esenciales del mismo. Salvo causa mayor deben ser eliminados o sustituidos:
-Tratamiento superficial del muro de contención de hormigón de la ladera.
-El límite antinatural y demasiado notorio del tratamiento de estabilización de la zona alta de la ladera.
-El vallado de hormigón instalado en la Plaza.
-Los rejuntados de mortero de tono contrastado en la Plaza.
-Las tapas de arquetas no integradas en el diseño de la Plaza.
-El mobiliario urbano de acero inoxidable instalado en la plazuela de acceso.
-Los elementos adosados a la arquitectura original en la plazuela de acceso (cajones de instalaciones de la terraza y rampa de acceso a la plaza).

El expediente hace especial hincapié en esa relación entre la obra y la naturaleza: el diálogo mar-cielo-tierra. Según señala, esta relación se establece a través de diferentes mecanismos: la creación de una topografía artificial (“como base y contrapunto de la topografía del acantilado”), la introducción de las esculturas en el paisaje natural (“surgidas de las rocas y filtrando las vistas al horizonte”) y la introducción de la escala humana en el paisaje natural (“dotar de escala humana al espacio desde el que se percibe la obra escultórica, insertada en el paisaje natural, es una de las ideas generadoras del proyecto”).

En este sentido, cabe destacar que la propuesta hoy presentada también propone la protección de la perspectiva visual de la obra, planteando para las visuales marinas un alcance de visión de 1.500 metros, “el establecido por otras normativas de protección del paisaje”.

El proyecto de protección ha tenido en cuenta distintos aspectos del conjunto formado por la Plaza y las esculturas del Peine del Viento: el valor espacial y estético; el valor profesional y reconocimiento de los autores; el valor de la obra en su contexto cultural y en la actualidad; el valor urbanístico; y, por último, los reconocimientos públicos de su valor. “El Peine del Viento es un ejemplo de modernidad creativa, que, insertado en las corrientes más avanzadas del último tercio del siglo XX, mantiene su vigencia y es capaz de producir emoción estética en el siglo XXI, superando el nivel de propuestas plásticas más actuales”, señala la propuesta de la Dirección de Patrimonio Cultural.

En relación al valor espacial y estético de la obra, la propuesta de protección indica que las esculturas, que “el espacio arquitectónico realza”, están consideradas como “producto de un momento culminante en la abundante creación plástica de Eduardo Chillida y son una de sus obras más reconocidas”. Según recuerda, el propio escultor donostiarra consideró que las tres esculturas, “muy ligadas al sitio y a la ciudad”, poseen un “contenido simbólico relacionado con la ciudad, la naturaleza, el espacio y la propia existencia humana, según indica la propuesta.

De igual forma, este proyecto señala la vinculación de la Plaza con la tradición clásica del ‘thémenos’ y el ‘krepis’ (conceptos-base incluidos en la memoria del proyecto de Luis Peña, en 1975), así como con corrientes de la arquitectura moderna y con las reelaboradas ideas plásticas del vacío contenidas en teorías y propuestas avanzadas del siglo XX (Oteiza, Chillida…). Según se indica, se trata de la obra cumbre de Luis Peña Ganchegui gracias a “la secuencia de los espacios y de los cambiantes puntos de vista”, así como a las formas, texturas, colores y detalles constructivos: “Todo ello permite incluir esta obra arquitectónica entre los espacios públicos más notables, no sólo en el País Vasco, sino incluso a nivel internacional”.

“Esa feliz simbiosis entre espacio arquitectónico, esculturas y entorno natural, unida a las cambiantes estimulaciones sensoriales dependientes del concreto momento de percepción (luz, viento, nubes, mar, sonidos, temperatura, etc.) genera una impresión estética verdaderamente excepcional”, añade la propuesta de protección.

El Peine del Viento
El entorno del Peine del Viento, urbanizado en 1926, tuvo un carácter periférico hasta que en 1977 culminó la construcción de la obra de Eduard Chillida y Peña Ganchegui. Tal y como recuerda el propio expediente de protección, la iniciativa del proyecto había surgido algunos años antes y, cuando en 1968 la ciudad propuso homenajear al Eduardo Chillida por su trayectoria, el propio autor planteó la ejecución de una obra permanente. El Ayuntamiento donostiarra aceptó la propuesta incorporando al proyecto la creación de una plaza que sirviera para “la observación de la obra de Chillida y a su vez de remate urbano”. El escultor recomendó la contratación de Luis Peña Ganchegui, que en 1974 redactó el proyecto bajo el nombre ‘Plaza del Tenis’.

La obra de la Plaza se inició en marzo de 1976 y todo el conjunto se inauguró el 3 de septiembre de 1977. El proyecto se convirtió en un icono de la ciudad, uno de los entornos más conocidos de Euskadi y en un conjunto artístico reconocido a nivel internacional.
LAME.

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