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Absuelto de violación en San Sebastián porque la Ertzaintza enseñó a la víctima una foto solo del sospechoso
-La Audiencia de Gipuzkoa considera que la Ertzaintza pudo condicionar el reconocimiento al mostrar a la joven una imagen en la que aparecía únicamente el acusado antes de que lo reconociera en una rueda judicial
J.M.
18/10/2026 Actualizado a las 00:03h.
La Audiencia Provincial de Gipuzkoa ha absuelto a un hombre acusado de violar a una joven de 21 años en noviembre de 2024 en San Sebastián al considerar que la identificación realizada por la víctima quedó contaminada porque la Ertzaintza mostró fotografías de sus posibles agresores antes de la rueda de identificación formal.
El tribunal considera que la agresión denunciada ocurrió pero entiende que no ha quedado acreditado que el procesado fuera quien la cometió y consideran que las fotografías que se mostraron previamente a la víctima pudieron condicionar el posterior reconocimiento judicial. La Fiscalía solicitaba para el acusado 13 años de prisión por un delito de agresión sexual en su modalidad de violación mientras que la acusación particular elevaba la petición a 14 años. También reclamaba una indemnización de 15.000 euros para la joven por los daños morales y la afectación emocional sufridos.
Los hechos se remontan a la noche del 14 de noviembre de 2024. Según los hechos que la Audiencia considera probados, la joven caminaba sola por el paseo Txaparrene de Donostia, entre Herrera e Intxaurrondo, cuando al salir de un túnel un hombre le pidió un cigarrillo. Después de que ella se negara, el agresor le colocó un arma blanca en el cuello y la amenazó con llevársela «por las buenas o por las malas».
A continuación, la agarró del pelo, la tiró al suelo y le bajó la ropa. La sentencia declara probado que le introdujo los dedos en la vagina contra su voluntad. La agresión terminó cuando un transeúnte gritó desde las inmediaciones y el atacante huyó del lugar.
La joven llamó a su madre en estado de shock y fue atendida esa misma noche. Los informes médicos recogieron lesiones compatibles con el momento de los hechos y una afectación psicológica congruente con lo que había relatado. La documentación posterior también constató un agravamiento de su estado emocional,.
La identificación, en el centro del juicio
En la resolución dictada el pasado 30 de septiembre, la Audiencia Provincial de Gipuzkoa no cuestiona que la joven sufriera los hechos que describió. De hecho, considera que su relato fue persistente y verosímil y que no existen motivos para pensar que quisiera perjudicar deliberadamente al acusado, a quien no conocía con anterioridad.
Sin embargo, distingue entre acreditar la agresión e identificar a su autor. Para los magistrados, esta segunda cuestión no ha quedado resuelta con las garantías necesarias. La sentencia explica que, después de los hechos, agentes de la Ertzaintza acudieron al domicilio de la joven y le mostraron una fotografía en la que aparecía únicamente el posteriormente acusado. Ella lo reconoció. Más tarde, en el Hospital Donostia, otros agentes le enseñaron otra imagen en la que aparecía el mismo hombre junto a otra persona.
Dos días después de la agresión, el 16 de noviembre, la joven volvió a identificarlo en una rueda de reconocimiento celebrada en sede judicial. No obstante, la Audiencia considera que ese reconocimiento quedó condicionado por las fotografías que había visto previamente. El tribunal subraya que mostrar a una víctima la imagen de una sola persona, en lugar de una selección de fotografías de varios individuos con características similares, puede inducir una identificación y hacer que el rostro resulte familiar en posteriores reconocimientos. Los jueces también advierten de que la exhibición de una segunda imagen con el mismo sospechoso no elimina ese riesgo.
La resolución señala, además, que no compareció en el juicio ningún agente que explicara cómo se realizaron esas actuaciones policiales. Aunque el atestado recogía un reconocimiento fotográfico entre seis imágenes, tanto la joven como su madre declararon que los agentes les habían mostrado primero una fotografía individual y después otra con dos personas.
«En consecuencia, ese reconocimiento policial obrante en el atestado no tiene la consideración de prueba, dado que nadie afirmó en el juicio oral que tuvo lugar, sino que su contenido no puede tener más valor que el de mera denuncia», recoge el escrito judicial, que concluye que la identificación en la rueda de prensa no basta para demostrar que el acusado fuera el agresor.
Por ello, concluye que la identificación posterior en la rueda judicial no basta para demostrar que el acusado fuera el agresor.
El ADN tampoco permite vincular al acusado con la agresión
A las dudas sobre el reconocimiento se sumaron los resultados de las pruebas biológicas. Los análisis detectaron restos de ADN en el cuerpo de la joven y su ropa pero el perfil genético obtenido no coincidía con el del acusado.
La investigación tampoco consiguió localizar imágenes que situaran de forma concluyente al procesado en las inmediaciones del lugar de la agresión. La Ertzaintza revisó grabaciones de distintas cámaras de seguridad pero no logró identificarlo en ellas.
Los magistrados examinaron también la descripción que la joven había facilitado del atacante. Entre otros rasgos, lo situó en una estatura aproximada de entre 1,70 y 1,75 metros mientras que el acusado mide alrededor de 1,85 metros. «La descripción del autor de los hechos dada por la denunciante no coincide exactamente con las características del acusado», recoge la sentencia que considera que las coincidencias entre la descripción y las características del procesado no son suficientes para corroborar una identificación que ya juzga poco fiable.
La defensa, por su parte, negó que el hombre hubiera cometido la agresión y sostuvo que había pasado la jornada en las antiguas escuelas de Martutene. El tribunal tampoco considera suficientemente acreditada esa versión pero recuerda que el acusado no tiene que demostrar su inocencia.
La sentencia insiste en que la duda no afecta a la existencia de la agresión sexual, sino a la identidad de quien la perpetró. Al no disponer de pruebas que permitan atribuir los hechos al procesado más allá de toda duda razonable, la Audiencia acuerda su absolución y declara de oficio las costas del procedimiento.
«El conjunto de lo expuesto nos sitúa en el ámbito de la duda, no respecto a si ocurrieron los hechos expuestos por la víctima y por las acusaciones, sino en relación a si fue el acusado quien los cometió. En consecuencia, declararemos probado que los hechos ocurrieron del modo que declararon las acusaciones, pero no que fuera el acusado quien los realizó. Y al no declarar probado que dicho acusado cometiera hecho delictivo ninguno, resulta obligada su absolución», concluye la resolución.
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Comments:
JorgeLetamendiaHace 22 horas
De lo leído, comparto la decisión judicial. En temas penales especialmente el rigor en los procedimientos es esencial.
PompaeloHace 2 días
Y la foto de quién le tenían que enseñar? La del pato Donald?
Comentario eliminado por el usuario
BalínHace 2 días
como siempre digo, espero que no vuelva a pasar, pero si pasase rezo para que sea un familiar del que hace las leyes o las trasgiversa a su gusto. Los juec@s por favor visitar a la persona a la que han destrozado la vida y a sus familiares. N o hay huevos
agente939_1725126913Hace 2 días
Es una verdadera txapuza más de nuestra policía integral... que ha acusado en varios homicidios erróneamente...solo hay que ver hemerotecas... van de aundis
Iñaki59Hace 2 días
Cuando no son los jueces, son los fiscales y cuando no, la Ertzaintza. Qué txapuzas!!! Y el culpable está por ahí tan campante. Qué poca confianza en el sistema. Es terrible. Mamma mia!!!
Txuriurdin72Hace 2 días
Me parece correcta la decisión una vez leída toda la información
iker_7879Hace 2 días
Yo si te creo si es BLANCO! SI ES DE FUERA LIBRE DE VIOLACIÓN CON PENETRACION! Y HAY OTRA CHICA VIOLADA QUE SE HA SUICIDADO CON 19 AÑOS!! DONDE ESTÁ LA NOTICIA!
_358007Hace 2 días
Búscala: ha estado en portada dos días Pero como el autor identificado es vasco-español, igual no te gusta encontrarla.
ZorzaleñaHace 2 días
Luego pretenden que esto no estalle. Cada vez más cerca de tomarnos la justicia por nuestra mano.
_358007Hace 2 días
Zorzaleña: Te hubieras tomado la justicia por tu mano contra quien, por la prueba de ADN, se ha demostrado que no cometió el crimen.
ZorzaleñaHace 2 días
No voy a discutir otra vez contigo. Hablo de una generalidad. La gente se encuentra desamparada frente a la justicia tan garantista de este país.
_304346Hace 2 días
Víctima de violación y de la Justicia.Dos veces víctima.Alguien debería de pagar por esto. No puede ser que este caso quede como que no ha pasado
TxindoHace 2 días
Más bien víctima de la ertzaina en este caso.
wyattsiete_6157Hace 2 días
La Audiencia aplica el principio de in dubio pro reo a rajatabla.Se han vuelto tan garantistas que todo favorece al presunto culpable.La victima les importa un rábano,solo es una estadística más.
_358007Hace 2 días
Creo que no has leído todo el artículo. lo del ADN en negrita, ni lo has visto. Ya lo dice PISA: a la cuarta línea la gente desconecta.
#Hace 2 días
Y si el ADN proviene de otra persona ajena a los hechos? No te has planteado esa hipótesis?
_358007Hace 2 días
"#": te lo resumo. .El ADN no es suyo. La altura no cuadra. Y las cámaras no lo sitúan en el lugar de los hechos. ¿Tú eres de los que piensan que lo importante es condenar al primero que pilles, para calmar la opinión pública? De todos modos, a esa cuestión que planteas se responde fácilmente: ella habrá explicado si tuvo algún contacto íntimo con alguna persona , se compara el ADN con eda persona y se descarta que sea del autor del ataque. Dudo que no se hiciera algo así. Por lo tanto, la única posibilidad plausible es que pertenezca al agresor.
agente939_1725126913Hace 2 días
y si no ha sido??? tenemos una persona inocente entre rejas por una mala investigación??? para aumentar estadísticas
KlodHace 2 días
El nivel de la Ertzaintza ha bajado de forma sincronizada a la vez que la ideología y la política nacionalista se ha ido infiltrando en la misma. Un mismo partido político no puede REINAR tantos años. No hay "higiene democrática".
Euskal suminduaHace 2 días
Vale. Absuelto y a la calle. ¿Está aquí legalmente? Si no es así, billete de ida a su pais. Dimero de mis impuestos bien gastado.
arrasatearra_1462233600Hace 2 días
Como sabes que era de otro país?
BestebatHace 2 días
Por la misma razón que sabíamos qué personas con un perfil político concreto quemaba contenedores aquí hasta no hace mucho… R E I T E R A C I Ó N
_783415Hace 2 días
o sea otro delincuente suelto y una víctima sin justicia
Girondino Hace 2 días
Vuelvo a escribir porque me borran los comentarios. En la noticia leo que: 1. El acusado es declarado inocente por un error de la Ertzaintza, que invalida el reconocimiento de la víctima. 2. Las pruebas de ADN no incriminan al acusado, pero no sabemos si eran del violador. 3. La Ertzaintza muestra a la víctima fotos del acusado, de lo cual deduzco que lo tienen fichado. Con todo esto, sólo puedo enviar mi apoyo a la víctima y desear que el acusado no esté libre por nuestras calles.
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SusurroHace 2 días
Vaya kagada !!
ppra_1533564452Hace 2 días
Qué vergüenza y qué asco, no hay justicia
BestebatHace 3 días
El modus operandi, el cigarrito, individuo solo, ataque nocturno a mujer sola… motivación sexual, identificación muy posiblemente errónea confundida por la morfología de personas con rasgos parecidos de una zona concreta… y sumado que el inocente frecuentaba el colegio de Martutene… me induce a pensar que el origen del verdadero culpable es… (¿Sois unos racistas por pensar lo que estáis pensando?)…
SargoriHace 2 días
Cuando ocurrieron los hechos ya se publicó que el detenido era de origen magrebí. No hay porqué tapar el dato.
_358007Hace 2 días
Sí, pero resulta que el ADN no era el suyo: a eso se llama detención "selectiva"

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